Desde aquí podrá presentar Certificados de Conservación y Solicitudes de Eximición según lo establecido por el Art. 5.1.2 del Código de Edificación
Como resultado de su presentación, se generarán documentos que, una vez presentados ante la Agencia Gubernamental de Control, contarán con un código QR que corroborará dicha presentación.
Si no posee Usuario, deberá gestionar el mismo ante su Consejo Profesional.
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